REQUISITOS DE ACCESO >
Para
acceder a las Enseñanzas de idiomas de régimen especial
será requisito imprescindible tener dieciséis años
cumplidos en el año en que se comiencen los
estudios. Podrán acceder asimismo los mayores de catorce
años para seguir las enseñanzas de un idioma distinto
del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria.
Los
certificados acreditativos del nivel Básico expedidos
por las Administraciones educativas surtirán efecto en
todo el territorio nacional y permitirán el acceso a las
enseñanzas del nivel Intermedio del idioma para el que
han sido expedidos.
El
certificado acreditativo de haber superado el nivel
Intermedio permitirá el acceso a las enseñanzas de nivel
Avanzado del idioma correspondiente, en todo el
territorio nacional.
El
título de Bachiller habilitará para acceder directamente
a las enseñanzas del nivel Intermedio de la primera
lengua extranjera cursada en el Bachillerato.
Las
Administraciones educativas regularán las condiciones en
las que pueden incorporarse a cualquier curso de los
niveles Intermedio o Avanzado de un idioma quienes
acrediten el dominio de las competencias suficientes en
dicho idioma.
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IDIOMAS
QUE SE PUEDEN ESTUDIAR >
En
las
Escuelas Oficiales de Idiomas se
imparten enseñanzas de los idiomas
alemán, árabe, chino,
danés, finés, francés, griego, inglés, irlandés,
italiano, japonés, neerlandés, portugués, rumano, ruso,
sueco,
lenguas cooficiales de
las Comunidades Autónomas y español como lengua
extranjera.
Cada
Administración educativa hace la oferta que considera
más adecuada en función de las necesidades de los
alumnos en las respectivas Comunidades Autónomas. |
CERTIFICACION >
Las Escuelas
Oficiales de Idiomas expiden certificados oficiales de
los niveles Básico, Intermedio y Avanzado para veinte
idiomas.
La
superación de las exigencias académicas establecidas
para cada uno de los niveles de las enseñanzas de
idiomas dará derecho a la obtención del certificado
acreditativo correspondiente. Para obtener los
certificados de los niveles Intermedio y Avanzado será
necesaria la superación de unas pruebas terminales
específicas de certificación.
Las
Administraciones educativas regularán estas pruebas, que
deberán ser evaluadas tomando como referencia los
objetivos, competencias y criterios de evaluación
establecidos para cada nivel en los currículos de los
idiomas respectivos.
Los alumnos
tendrán al menos una convocatoria anual de pruebas para
la obtención de los certificados correspondientes de los
niveles Intermedio y Avanzado.
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